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Hacienda retrasa Verifactu hasta 2027: alivio para pymes y autónomos
Publicado el 3 de diciembre de 2025

 Ayer, 2 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó un aplazamiento de un año en la entrada en vigor obligatoria del sistema Verifactu, impulsado por la Ley Antifraude y la Agencia Tributaria. Este cambio se publicará en breve en el BOE.
Nuevas fechas clave
Sector Fecha prevista Nueva fecha
Empresas (Impuesto de Sociedades) 1 de enero de 2026 1 de enero de 2027
Autónomos y pymes 1 de julio de 2026 1 de julio de 2027
¿Por qué el aplazamiento?

  • El Gobierno, tras acuerdos con Junts per Catalunya y demandas de ATA, considera necesaria una adaptación paulatina.
  • En abril de 2025 ya se había retrasado la entrada inicial por el Real Decreto 254/2025; este segundo aplazamiento lo extiende hasta 2027.

¿Qué es Verifactu?
Verifactu es el sistema de facturación electrónica que obliga a:

  • Usar software certificado que garantice inalterabilidad, trazabilidad e integridad del registro.
  • Emitir factura solo con registro oficial en la AEAT, evitando manipulaciones.
  • Presentar un registro encadenado con hash e incluir mecanismos de verificación como códigos QR.

El incumplimiento puede derivar en sanciones de hasta 50.000 €.
Impacto y reacciones

  • ATA lo califica como un “respiro y sensatez”, ya que generaba incertidumbre entre los autónomos.
  • Junts per Catalunya agradece el compromiso del Gobierno con sus demandas.

Fase voluntaria y herramientas disponibles Desde abril 2025:

  • Empresas y autónomos han podido optar voluntariamente por el sistema, anticipando la transición.
  • La AEAT ha publicado FAQs y guías prácticas, incluyendo casos con SII y regímenes forales.
  • Sociedades que emiten facturas por terceros quedan exentas temporalmente según RD 254/2025.

¿Quién debe actuar ahora?

  • Fabricantes de software: disponen de plazo para adaptar sus sistemas tras la orden HAC/1177/2024.
  • Empresas y autónomos: se recomienda empezar ya, aprovechando formularios gratuitos y opciones opcionales en la sede electrónica.

Conclusión
El aplazamiento de Verifactu hasta 2027 brinda tiempo adicional para adoptar sistemas compatibles y previene sanciones inmediatas. La obligación se mantiene, pero con más margen para adaptarse, mejorar procesos y estar listos antes del nuevo 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos y pymes).
Contacta con tu asesoría para preparar la transición y consulta las FAQs actualizadas en nuestra web.

FACTURA ELECTRÓNICA OBLIGATORIA PARA AUTÓNOMOS: ¿QUÉ CAMBIA Y CUÁNDO?

La factura electrónica dejará de ser una opción y pasará a ser una obligación legal para autónomos y empresas en España, como parte de la Ley Crea y Crece y el Reglamento Verifactu. Este cambio busca combatir el fraude fiscal, mejorar la trazabilidad y digitalizar la gestión empresarial.
Calendario de Implantación:

  • Empresas con más de 8 millones € de facturación anual: deberán usar factura electrónica 1 año después de la publicación de la orden ministerial (prevista para finales de 2025 o principios de 2026).
  • Autónomos y empresas con menos de 8 millones €: tendrán 2 años de margen, es decir, hasta 2027.
  • Requisitos Técnicos
  • Uso de software homologado (como Verifactu).
  • Formato estructurado (tipo Facturae, no PDF ni Excel).
  • Inclusión de firma digital y código QR que permita verificar la factura en tiempo real.
  • Registro inalterable de cada factura emitida, con trazabilidad completa.

Obligaciones Adicionales

  • Informar del estado de la factura: aceptada, rechazada o pagada.
  • Conservación digital durante mínimo 6 años.
  • Interoperabilidad entre sistemas para facilitar el intercambio.

Sanciones por Incumplimiento

  • Hasta 50.000 € por usar software no certificado.
  • Hasta 150.000 € por vender programas fraudulentos.
  • Ventajas para Autónomos
  • Mayor rapidez en los cobros.
  • Reducción de errores y morosidad.
  • Menores costes administrativos.
  • Mejora en la transparencia fiscal.
  • ¿Cómo prepararse?
  1. Revisa si tu software actual cumple con los requisitos.
  2. Consulta con tu asesoría fiscal sobre el calendario aplicable a tu actividad.
  3. Empieza a familiarizarte con plataformas como Verifactu o Facturae. Este cambio representa una oportunidad para modernizar la gestión contable y fiscal. ¡No esperes al último momento para adaptarte!


RÉGIMEN REBU: CÓMO FUNCIONA LA COMPRAVENTA DE BIENES USADOS PARA AUTÓNOMOS.

¿Vendes productos de segunda mano como móviles, ropa vintage, artículos de pesca o tecnología reacondicionada? Entonces te interesa conocer el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU), una opción fiscal que puede ayudarte a simplificar la gestión del IVA y mejorar tu rentabilidad.
🔍
¿Qué es el REBU?
El REBU es un régimen especial de IVA que se aplica a la compraventa de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Su principal característica es que el IVA se calcula solo sobre el margen de beneficio, no sobre el precio total de venta.
¿Quién puede aplicar el REBU?

  • Autónomos y empresas que compren bienes usados a particulares o a proveedores sin derecho a deducción de IVA.
  • Actividades como:
  • Tiendas de segunda mano
  • Venta de productos reacondicionados
  • Comercio de antigüedades o coleccionismo

📊 ¿Cómo se calcula el IVA en REBU?
Ejemplo práctico:

  • Compra de un producto: 100 € (sin IVA)
  • Venta del producto: 150 €
  • Margen de beneficio: 50 €
  • IVA a declarar: 21% sobre 50 € = 10,50 €

👉 No se puede deducir el IVA de la compra, porque no se ha soportado.
🧾
¿Cómo se factura en REBU?

  • La factura no debe desglosar el IVA. Se incluye la mención:
  • “Operación acogida al régimen especial de bienes usados, IVA incluido según el artículo 135 de la Ley del IVA”
    📌 Ventajas del REBU
  • Simplificación contable
  • Mejora del margen comercial
  • Evita problemas con deducción de IVA en compras a particulares
    ⚠️ Requisitos y precauciones
  • Llevar un libro registro específico de operaciones REBU.
  • No aplicar REBU si el proveedor es una empresa que ha repercutido IVA.
  • No se puede deducir el IVA de las compras.

CÓMO EMITIR UNA FACTURA CORRECTAMENTE EN 2025 (CON VERIFACTU)

Emitir una factura correctamente es esencial para cualquier autónomo o empresa. Con la llegada del sistema Verifactu, la facturación electrónica en España cambia significativamente. En esta guía te explicamos cómo hacer una factura válida en 2025 y cómo adaptarte a la nueva normativa Verifactu.

¿Qué es Verifactu?
Verifactu es el nuevo sistema de facturación electrónica obligatorio en España, impulsado por la Agencia Tributaria. Su objetivo es garantizar la integridad, trazabilidad y envío automático de las facturas emitidas por autónomos y empresas.
Características clave de Verifactu:
- Facturas con código identificativo único y código QR.
- Envío automático a la Agencia Tributaria (AEAT).
- Uso obligatorio de software de facturación certificado.
- Firma electrónica en determinados casos.
¿Qué debe incluir una factura con Verifactu?
Además de los datos tradicionales como número, fecha, datos del emisor y cliente, base imponible, IVA e IRPF, las facturas con Verifactu deben incluir:
- Código identificativo Verifactu.
- Código QR verificable.
- Firma electrónica (si aplica).
- Envío automático a la AEAT (opcional en 2025, obligatorio en 2026).
📅 Nuevas fechas de implantación de Verifactu
- Empresas (sociedades): obligatorio desde el 1 de enero de 2026.
- Autónomos y comunidades de bienes: obligatorio desde el 1 de julio de 2026.
Los desarrolladores de software deben tener sus soluciones listas antes del 1 de julio de 2025.
🛠️ ¿Cómo emitir una factura con Verifactu?
1. Usa un software de facturación adaptado a Verifactu.
2. Activa el envío automático a Hacienda (opcional en 2025).
3. Incluye el código QR y el identificador único en cada factura.
4. Conserva una copia digital conforme a los requisitos legales.
💡 Consejos para adaptarte a Verifactu
- Actualiza tu software de facturación antes de 2026.
- Consulta con tu asesoría fiscal para adaptar tus procesos.
- Informa a tus clientes sobre los nuevos formatos de factura.
- Aprovecha la digitalización para automatizar tu contabilidad.
⚠️ ¿Qué pasa si no cumples con Verifactu?
- Sanciones por uso de software no autorizado.
- Multas por no enviar las facturas a Hacienda.
- Pérdida de validez fiscal de las facturas incorrectas.


GASTOS DE MANUTENCIÓN DEDUCIBLES PARA AUTÓNOMOS– Actualizado 2025
¿Sabías que como autónomo puedes deducir ciertos gastos de manutención en tu declaración de la renta? En 2025, la Agencia Tributaria mantiene criterios claros para que estos gastos sean fiscalmente deducibles, siempre que estén vinculados a tu actividad profesional y cumplan con ciertos requisitos.
¿Qué se considera gasto de manutención deducible?
Los gastos de manutención son aquellos derivados de comidas realizadas durante el desarrollo de tu actividad económica. Para que sean deducibles, deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser del propio contribuyente (no de empleados ni acompañantes).
  • Realizarse en el ejercicio de la actividad profesional.
  • Producirse en establecimientos de restauración y hostelería.
  • Pagarse mediante medios electrónicos (tarjeta, bizum, transferencia, etc.).
  • Estar debidamente justificados con factura.

💶 Límites de deducción en 2025
Según la normativa vigente, los importes máximos deducibles son:
Situación Con pernocta Sin pernocta
En España 53,34 €/día 26,67 €/día
En el extranjero 91,35 €/día 48,08 €/día
Recomendaciones para evitar problemas con Hacienda

  • Guarda todas las facturas y asegúrate de que estén a nombre del autónomo.
  • Justifica la relación del gasto con tu actividad (reuniones, desplazamientos, etc.).
  • Evita pagos en efectivo: usa siempre medios electrónicos.
  • Si tienes dudas, consulta con tu asesor para evitar deducciones rechazadas.

¿Y si tengo empleados?
Los gastos de dietas y asignaciones de viaje de empleados también pueden ser deducibles, pero deben cumplir con requisitos específicos y estar bien documentados.
¿Quieres saber más sobre cómo optimizar tus deducciones como autónomo?
📩 Contáctanos en Tu Asesor Online y te ayudamos a sacar el máximo partido a tu fiscalidad. INFO@TUASESORONLINE.COM


OBLIGACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA PARA AUTÓNOMOS ¿CUÁNDO Y CÓMO AFECTA?
La digitalización de la facturación ya no es una opción, sino una obligación inminente para autónomos y empresas en España. Con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece y la Ley 18/2022, el uso de la factura electrónica será obligatorio en las relaciones comerciales entre profesionales y empresas. Pero, ¿cuándo entra en vigor y qué implica exactamente?
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica?
La entrada en vigor será escalonada, dependiendo del volumen de facturación:

  • Empresas y autónomos con facturación superior a 8 millones de euros anuales: tendrán 1 año desde la publicación del reglamento definitivo para adaptarse (previsiblemente en 2026).
  • Empresas y autónomos con facturación inferior a 8 millones: tendrán 2 años desde esa misma publicación, lo que sitúa la obligación en 2027.

Además, a partir de enero de 2026, todos los autónomos deberán utilizar un programa de facturación electrónica homologado por la Agencia Tributaria.
¿A quién afecta?
Esta obligación no aplica a las ventas a particulares, solo a operaciones entre empresas y profesionales. Es decir, si eres autónomo y trabajas con otros autónomos o empresas, deberás emitir y recibir facturas electrónicas.
¿Qué requisitos debe cumplir la factura electrónica?

  • Debe generarse en un formato estructurado (como Facturae).
  • Debe incluir una firma electrónica avanzada.
  • El software debe estar homologado por la AEAT y permitir la transmisión directa de la información.

Ventajas de la factura electrónica

  • Mayor control fiscal y reducción del fraude.
  • Ahorro de tiempo y costes administrativos.
  • Mejora en la trazabilidad y gestión documental.
  • Acceso a herramientas digitales que facilitan la contabilidad.

¿Cómo prepararte?

  1. Revisa tu software de facturación: asegúrate de que cumple con los requisitos técnicos.
  2. Digitaliza tus procesos: si aún usas papel o Excel, es momento de dar el salto.
  3. Consulta con tu asesoría: en tuasesoronline.com te ayudamos a adaptarte sin complicaciones.


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